¿Querés conocer las últimas novedades del Derecho Laboral? En esta nota te hacemos un punteo de las últimas medidas que se tomaron en Argentina.
26 de enero, 2021
¿Querés conocer las últimas novedades del Derecho Laboral? En esta nota te hacemos un punteo de las últimas medidas que se tomaron en Argentina.
PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES
A través del Decreto 39/2021, se prorrogó hasta el 16/04/21 la prohibición de efectuar:
-Despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
-Suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo -con excepción de las que se realicen en los términos del artículo 223 bis de la LCT-.
DOBLE INDEMNIZACIÓN
Se prorrogó hasta el 31/12/21 el pago de la doble indemnización en los casos de despido sin justa causa, agregándose en el art. 5, que el trabajador afectado tendrá derecho a percibirla, siempre que no hubiere cuestionado la eficacia extintiva del mismo.
Adicionalmente, se estableció que el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de quinientos mil pesos ($500.000).
CARÁCTER PROFESIONAL DE LA ENFERMEDAD COVID 19
Hasta el 16/04/21, la enfermedad COVID-19 deberá considerarse presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada-, respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes que hayan prestado tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.
Cuando se trate de trabajadores de la salud y de miembros de fuerzas de seguridad federales o provinciales que cumplan servicio efectivo, la Comisión Médica Central (C.M.C.) deberá entender que la contingencia guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo que se demuestre, en el caso concreto, la inexistencia de este último supuesto fáctico.
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Multa agravada en razón del embarazo. Ejercicio abusivo del Ius Variandi. Remuneración en especie.
Abandono de trabajo invocado como causal de despido, ejercicio abusivo de Ius Variandi.
Si bien hay gobiernos y compañías privadas que ya establecieron licencias parentales extendidas, muchos trabajadores todavía cuentan con 48 horas, que es lo que establece la ley.
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